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martes, 14 de abril de 2015




SÍ HUBO PLAN

Siento contradecirle señor Griñán. No sólo hubo un gran fraude, también un gran plan. Se lo voy a explicar señor Griñán, aunque usted lo sabe mejor que yo, y aunque, además, es a usted y no a mí a quién corresponde dar explicaciones. Pero antes, vamos a hacer un ejercicio de ingenuidad tontuna y vamos a tomar, provisionalmente, por buena su afirmación. Es decir, vamos, como le digo provisionalmente, a quedarnos con eso del gran fraude sin plan.

¿Y bien, señor Griñán?. ¿Cuándo ha pedido usted perdón a los andaluces, ya puestos también a los españoles y a los europeos, porque algunos de los miembros de su gobierno o de su administración, hayan dilapidado dineros europeos, españoles y andaluces?. Por ese “gran fraude” como usted mismo lo califica, aunque fuera sin plan preconcebido. Usted ha sido Presidente. Ha estado al mando de la nave. Y antes de serlo ha sido Consejero de Hacienda. Por usted pasaba el dinero que se gastaba en la Junta de Andalucía. ¿Dónde estaba su responsabilidad por la gestión de los que estaban debajo de usted?. Usted, señor Griñán, como la Infanta, no se enteraba de nada. Eso lo dice usted con total naturalidad. Con la misma naturalidad con la que el resto de los andaluces “no se enteran” de lo que pasa en la administración que sufragan. Pero hombre, al resto de los andaluces, mejor dicho, a la mayoría del resto de los andaluces, les pillaba todo ese tejemaneje del “gran fraude” un poco lejos y como a trasmano, pero a usted, oiga usted estaba en todo el cogollo, vamos delante de sus narices.
En fin, aparte de todos los argumentos que podrían traerse ahora a colación, sobre la cantidad de oportunidades que usted habría desaprovechado para enterarse de lo que pasaba a su alrededor, entre ellas los informes de su propia Intervención, o, como se ha sabido recientemente, de sus propios letrados del Gabinete Jurídico de la Junta, me gustaría referirle una, que creo se menciona poco: el ruido que hicimos muchos funcionarios desde octubre de 2010 a cuenta de la nefasta administración paralela y del cínico afianzamiento de la misma que el Gobierno que usted presidía realizó con los decretos 5/2010 y 6/2010 ( con la inestimable complicidad de UGT y de CCOO) y la posterior aprobación (con la inestimable complicidad astencionista de IU) de la ley 1/2011 de Reordenación del Sector Público (eufemismo de la más certeramente denominada “Ley del Enchufismo”). Lo intentamos todo, señor Griñán. Salimos cuarenta mil personas (funcionarios y empleados públicos) a la calle en una manifestación en la que protestábamos por la huida del Derecho Administrativo que su gobierno estaba propiciando (le recuerdo que esto es lo que está en el núcleo de los ERE, de ese su “gran fraude sin plan”). Entre la infinidad de actos y movilizaciones que realizamos no faltó, al principio, el intento de que su Consejera de Hacienda y Administración Pública, Dña. Carmen Martínez Aguayo, (también imputada) nos recibiera para explicarnos lo que estaba ocurriendo en esa operación de empoderamiento de las agencias de la administración paralela en detrimento de las consejerías de la Administración General, del Derecho Laboral en menoscabo del Derecho Administrativo y del personal laboral sin oposiciones ni concurso de méritos en claro agravio al personal funcionario y laboral de la Junta de Andalucía.

La callada por respuesta. Evidentemente. Ni su Consejera ni usted quisieron saber nada de nosotros. Es decir, el personal que sustentaba la administración que usted dirigía no era digno de ser oído por usted. Tal vez, señor Griñán, si hubiera tenido un mínimo de sensibilidad hacia aquellos que verdaderamente sostienen y dan vida a diario a la administración que usted dirigía, tal vez entonces, señor Griñán, se hubiera usted enterado de lo que pasaba alrededor y hubiera tenido la oportunidad de parar la maquinaria de los ERE. Sin embargo no fue así.

Los ERE son un caso paradigmático de los desmanes de la administración paralela, que fue invento de sus predecesores pero que usted continuó impulsando y afianzando, dotándola de una pseudolegalidad, aún pendiente de decisión de constitucionalidad en el Tribunal Constitucional.

Y este es el plan, señor Griñán. Disponer desde la cúpula de una administración la existencia y desarrollo de otra administración, instrumental, regida en su funcionamiento predominantemente por el derecho privado, por tanto con una evidente falta de control (principalmente la fiscalización previa de los gastos) en comparación con los procedimientos regidos por el Derecho Administrativo, para realizar aquello que debería realizar la Administración General. ¿Porqué deciden sus antecesores y usted llevar la gestión de los asuntos públicos a una entidad con menos controles sobre los fondos públicos?. Esos controles son la garantía que las leyes y normas administrativas disponen para el correcto uso de los bienes de los ciudadanos. Quien no respete esto está incurriendo en una ilegalidad. ¿Porqué, señor Griñán, decidió usted secundar a sus antecesores llevando los asuntos públicos a esas entidades, sacando del cauce normal de la administración asuntos sensibles como la concesión de subvenciones o ayudas públicas?. Ese “fraude” no se hubiera producido si previamente no existiera la decisión política de que esas entidades paralelas, con escaso o nulo control, concedieran subvenciones y ayudas.

¿Dónde situaría usted el problema señor Griñán?. ¿En el hecho de que algunos aprovechados se beneficiaran mafiosamente de esos fondos para parados, o en ese otro hecho de que existiera una política, contraria al Derecho Administrativo, basada en decisiones políticas suyas y de sus antecesores, que atribuyó a esas entidades sin control potestades que no tenían por qué tener?. ¿Para qué desviar la gestión de los cauces legales?. No me diga que es por agilidad. Sería tanto como decir que sería correcto sacrificar la legalidad en aras de la agilidad. ¿Es esto posible, señor Griñán?.

Ese su “gran fraude” no ha salido como las setas en el campo. Por el contrario, es el inevitable resultado de diseñar y ejecutar una política ajena a los controles. Es producto del plan de su partido, ejecutado por usted desde su puesto de Consejero de Hacienda y por el Gobierno que usted presidió después, y lo que es peor, por el Gobierno que continuó presidiendo su pupila y que ahora preside en funciones.

Todo plan tiene, señor Griñán, dos componentes: un determinado diseño y un objetivo o finalidad. En los párrafos que anteceden se ha descrito más o menos el diseño. Ahora bien, ¿para qué ese diseño de una doble administración?. Con qué objetivo se hace todo eso. Si uno lleva la contabilidad de una empresa y decide hacer una contabilidad doble o “B”, será por algo.

¿Cual es el objetivo, señor Griñán, de la administración paralela? ¿Porqué se decide que sea el IFA, luego IDEA, la que conceda subvenciones y no la Consejería? ¿Porqué se utilizan las transferencias de financiación en aquello para lo que no estaban previstas?. ¿Qué hay, señor Griñán, al final de esta manera de proceder?. ¿Clientelismo político?. Todo apunta en ese sentido, ¿no le parece?. Si no ¿para qué arriesgarse cruzando la linea de la legalidad, si no fuera porque ese riesgo se compensa con los votos?


Hoy más de lo mismo, señor Griñán, le toca declarar a su antecesor, ese que fue al mismo colegio que la Infanta y que usted. No esperamos nada nuevo. Pero sí, siento contradecirle señor Griñán, no sólo hubo fraude sino que hubo plan y usted participó en él. De modo que deje de hacerse la víctima porque ese papel, desgraciadamente, no le corresponde a usted.

miércoles, 3 de septiembre de 2014




HACIA LA AUTÉNTICA ADMINISTRACIÓN

Hartos estamos ya de oír la palabra corrupción y más aún de padecerla. En Andalucía, estamos en disposición de formalizar un máster en esta materia. Lo primero que hay que decir respecto de este fenómeno es que es algo que puede afectar tanto a los individuos como a las instituciones. El ejemplo más cercano de ello lo tenemos en la Junta de Andalucía, un caso de libro en lo que a administraciones corruptas se trata. Tanto que sin duda tendría un papel destacado en un hipotético manual de la corrupción. Para ilustrar lo que digo tendríamos antes que tener presente algunas características propias de las administraciones públicas en general. De cualquiera de ellas.

Por lo pronto, y sin entrar en demasiado detalle, cualquier administración pública es una entidad dual, porque en ellas conviven (es un decir) dos tipos muy distintos de estamentos o niveles. El estamento político y el propiamente funcionarial. Los políticos y los trabajadores. Dentro de estos últimos hay varias clases (la frase “divide y vencerás” parece aquí bastante oportuna). Pero todos ellos quedan muchas veces englobados desde fuera de la administración, de forma precipitada e incorrecta, con el término “funcionarios”, sobre todo cuando se trata de señalar el excesivo tamaño de aquella, desconociendo que gran parte del contingente de esos trabajadores no son precisamente funcionarios. Sin ahondar más en esto último (y habría mucho que ahondar), diremos simplemente que coexisten dos grupos claramente diferenciados: los cargos políticos y los trabajadores de la administración. Si hablamos de niveles podríamos decir: el nivel político y el nivel técnico.

Sostengo que gran parte de la corrupción existente en el seno de la administración, más allá de responder a la natural tendencia del ser humano a dejarse llevar por su lado más incívico, tiene su última razón de ser en una no adecuada separación entre estos dos niveles. Más que su razón, sería más correcto decir “su oportunidad de ser”. Y más exactamente en la invasión de un nivel frente al otro. No hace falta señalar cual es el nivel invasor y cual el invadido. Cuando esto ocurre se pervierte la esencia misma de la administración, que no es otra que servir al interés general. Y se da el caso de que aquí, en Andalucía, ha tenido que ser un partido socialista, por definición más preocupado por el bien social que por el individual, el que venga a desconocer esto último.

Esto se verá mejor con un ejemplo: El partido que cuenta con la mayoría de votos en unas elecciones (sin debatir ahora el caso del que logra esto mismo tras la elecciones, en el Parlamento, mediante pacto con otras formaciones representadas) tiene sin duda el derecho legitimo para poner en práctica su particular visión de los asuntos públicos, su programa político, para lo cual cuenta, con toda legitimidad, con la administración como instrumento para la realización de aquel. Tiene plena legitimidad para colocarse (colocar a sus cargos políticos) al frente o en la dirección de aquella, de tal manera que si decide impulsar políticas medioambientales que favorezcan la lucha contra el cambio climático, por poner un ejemplo, pondrá en marcha acciones de fomento que se concretarán en tal o cual linea de subvenciones para entidades o particulares que contribuyan a tal fin. Tiene plena legitimidad para decidir que una determinada parte de los fondos públicos se va a destinar a nutrir esas subvenciones. Decidirá que entre todos vamos a financiar esas subvenciones y vamos a dejar de fomentar otro tipo de políticas, y lo hará con plena legitimidad. Otro tanto podría decirse en materia de contrataciones o en cualquier otra actividad pública. Ahora bien, una vez que se ha tomado esa decisión, todo lo que viene después, debe quedar ajeno a la influencia de quien ha tomado la decisión. Es el momento de que entre en acción propiamente la “maquinaria” de la administración. Ya no estaríamos en el nivel político del asunto, sino estrictamente en el nivel técnico. A partir de aquí, lo que manda ya no es la voluntad (refrendada en las urnas) del gobierno y sus cargos políticos, sino la voluntad de todos, o lo que es lo mismo, el interés general, expresado en el Derecho, que en la administración es fundamentalmente el Derecho Administrativo. De tal manera que la gestión, concesión y control de esas ayudas públicas ( diseñar la normativa adecuada, darle publicidad, recibir y valorar las solicitudes, conceder y denegar las subvenciones, controlar el uso de ellas, exigir los reintegros en casos de incumplimientos, e imponer sanciones en los casos establecidos, etc..) debe ajustarse íntegramente a lo prescrito en aquel, sin interferencia del nivel político, y debe estar exclusivamente en manos del trabajador de la función pública. Un tipo peculiar de trabajador, el funcionario, que debe tener un estatus diferenciado, tanto frente a los cargos políticos como frente al resto del personal laboral, puesto que debe tener como máxima de su actuación la objetividad y la imparcialidad que la Constitución le exige y atenerse en todo momento a ese Derecho Administrativo, del que también forma parte un régimen disciplinario adecuado a su especial condición.

Si esto sucediera realmente en la práctica, usted podría no estar de acuerdo con determinada política puesta en marcha por tal gobierno a través de su administración, pero no podría decir que ese gobierno y esa administración hubieran actuado injustamente, corruptamente, con nepotismo, etc...Usted podrá creer que el dinero público estaría mejor invertido buscando petróleo en Villanueva del Trabuco, pero no podría acusarle de favoritismos o corruptelas, o de no respetar el interés general, o de no controlar adecuadamente el uso de los fondos públicos que les ha confiado.

Sin embargo, con frecuencia ocurre más bien lo contrario, que el poder político sobrepasa su límite extendiendo su influencia en el terreno de la gestión y los procedimientos. Esto posiblemente sea producto de una excesiva asimilación entre el Gobierno y la Administración, constituyentes ambos del llamado poder ejecutivo. Es como si el primero pensara que tiene carta blanca, no sólo para decidir las políticas, sino para decidir cómo aplicarlas. Andalucía no es el único territorio en el que esto sucede, aunque si es un caso paradigmático en este sentido. Quizá convenga aquí decir que se trata de un punto que hubiera requerido un mayor desarrollo en la Constitución, que peca a mi modo de ver de una cierta ingenuidad al conceder al gobierno la dirección de la administración, así, sin más. Visto desde la perspectiva de hoy no hubiera estado de más una mayor atención en este precepto, justamente para garantizar esa objetividad e imparcialidad que la propia Constitución propugna para la administración.

Mantener de una forma más clara esa separación, a través de la cual nadie, ni dentro ni fuera, tuviera dudas de que la administración, con todo el personal que lo integra, se debe a la sociedad en general y no a aquellos a los que temporal y coyunturalmente les ha sido confiada su dirección. Establecer una linea divisoria infranqueable entre la actividad política, que obedece a un particular programa político, y la gestora de servicios públicos, que obedece al interés general expresado en las leyes.

En Andalucía, el poder político, lo diremos una vez más, ha prescindido descaradamente del interés general. Sería más correcto decir que ha procurado que el interés general se amolde al interés del partido y de sus mandamases. Efectivamente el PSOE ha ido ganando una tras otra las elecciones. Para muchos esta es la expresión del “interés general”, y por tanto el partido que gana unas elecciones ya cuenta con el marchamo de representar dicho interés ( aveces incluso sin ganarlas ). Sin embargo, los que constituimos la otra parte de la administración, los trabajadores, no tenemos más remedio que añadir a la anterior otra visión, la otra cara, del interés general. Y es que éste no se agota en las elecciones, sino que continúa durante todo el mandato, en el sentido de que todo lo que haga una administración, toda su actividad, la concesión de subvenciones, las contrataciones, las inspecciones, registros, verificaciones, comprobaciones, sanciones, etc..se basa, funda y justifica en dicho interés general. Es decir, este interés general se debe perseguir y respetar en todo momento, no sólo el día de las elecciones.

La administración de la Junta de Andalucía, mejor dicho la dirección política de la Junta de Andalucía, ha ido de la mano de ese interés general el día de las elecciones, pero al día siguiente ya ha estado faltando al mismo anteponiendo la voluntad personal y partidista, favoreciendo a los suyos: parientes, correligionarios de partido o sindicato, etc.. jugando con la ley y el derecho y montando a lo largo de los años una administración a medida de sus propios intereses, olvidando que el interés general, entre unas elecciones y otras, ya no es el de aquellos que me han votado, sino el de toda la sociedad en su conjunto y está expresado en las leyes y procedimientos administrativos.

Esta administración “a medida” es la llamada administración paralela, que viene a ser como un amago de administración pública, una triste sombra de lo que todo un cuerpo de Derecho Administrativo, encabezado por la Constitución, ha señalado como lo más idóneo y justo para responder al imperativo del interés general, y constituye el resultado de años de extralimitación del poder político. Es el producto final de esa invasión del nivel político en el terreno técnico de la gestión de los servicios públicos. En esta desvirtuada administración los funcionarios hemos sido desplazados por personal laboral descaradamente enchufado, personal que no se ha ganado limpiamente el derecho a vivir de un sueldo público, como sí han debido hacerlo los funcionarios, pero que por eso mismo es más susceptible de terminar convertido en rehén y cómplice de una política partidista y sectaria. En este amago de administración las funciones propias de una administración pública regida por el Derecho Público y desempeñadas principalmente por el funcionariado ( todo lo que de manera directa e indirecta se relaciona con el ejercicio de las potestades públicas, según la máxima norma estatutaria del personal de las administraciones: El Estatuto Básico del Empleado Público), han sido desviadas hacia esa otra pseudoadministración, la paralela, la formada por las empresas, consorcios, fundaciones, y últimamente agencias, que introduce en mayor o menor medida el Derecho Privado en su gestión, constituyendo entes híbridos, en permanente roce entre ambos derechos y con la frecuente invasión del Derecho Privado en el Público, traspasando una linea que una verdadera administración pública no debiera traspasar jamás. Así, en estas entidades, intrínsecamente contradictorias, se da la paradoja de que personal sometido al Derecho Privado se destina al ejercicio de potestades públicas (reservado en exclusividad al personal funcionario) y hallándose desprovistas de los requisitos de control propios de la administración general se dedican a ese mismo ejercicio que requiere estos últimos controles. Esta falta de control en los asuntos públicos, en los fondos públicos, andaluces, españoles y europeos, es el terreno de cultivo para toda clase de irregularidades y abusos.

Es por tanto el diseño de esa administración, duplicada, producto de la desvaloración interesada y continuada del estamento técnico (funcionarios), junto con la herramienta consustancial a éste ( el Derecho Administrativo), y el crecimiento de la Instrumental (Agencias y otros entes) en detrimento de la General (Consejerías y Delegaciones), el que se convierte en fuente estructural de corrupción. El problema no está en este o aquel gestor que tenga más o menos escrúpulos a la hora de anteponer su voluntad personal o partidista, el problema es estructural, el propio diseño creado promueve y conlleva la corrupción.

Vistas así las cosas, la solución a la corrupción no está en castigar más severamente las conductas individuales, que también, sino en eliminar las condiciones que la hacen posible. Las condiciones que la hacen posible, en el terreno de lo público, van de la mano del abuso del estamento político de su prerrogativas que culmina con la construcción de administraciones desviadas del derecho administrativo, como se ha comentado. Frases como “habrá que intensificar los controles”, habrá que “diseñar otros procedimientos”, etc, deberían ser contestadas diciendo que a los procedimientos y a los controles no les pasa nada, no hay que tocarlos, lo que hay que hacer es cumplirlos estrictamente tal y como están, mas que diseñados ya. Cumplir la legalidad. Simplemente. Dejar a los funcionarios hacer su trabajo, simplemente.

Para ello, es necesario reconducir la administración. Hacer aquí, en la Junta de Andalucía, una auténtica “reordenación” que empiece por anular y mandar al olvido la mal llamada “Reordenación del sector público” que no ha sido sino el descarado afianzamiento de la administración paralela para vestir de pseudolegalidad la propia corrupción. Esta gente ha tenido el atrevimiento y el cinismo de dotar su propia y descarada inmoralidad de un cuerpo pseudolegal que lo legitime, no sin antes asegurarse en la instancias judiciales oportunas de que el poder judicial iba a plegarse también a su espúrea voluntad, como finalmente ha acontecido, para desesperanza de muchos de nosotros, excesivamente ingenuos, que en el camino hemos perdido dinero, ilusión y crédito en las instituciones.

Por ello la auténtica administración, a mi modo de ver, pasaría por el respeto a los siguientes ejes fundamentales:

1. Separación interna del poder ejecutivo. Clara delimitación del nivel politico y el nivel técnico. Dotación de mecanismos para la no intromisión del poder político en el técnico. Elevación de éste hasta el nivel de Secretarías Generales. Eliminación, dentro del nivel técnico, de los puestos eventuales y de libre designación.  

2. Respeto absoluto a la Constitución y el Derecho Administrativo. Derogación de la Ley de Reordenacion del sector público y del título III de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía. Así como de cualquier otra normativa favorecedora del desvío de aquel derecho. 

3. Una única administración pública, conforme al modelo de la Administración General , con servicios centrales y delegaciones territoriales. Eliminación de la administración paralela, seguida de un análisis de los recursos humanos necesarios, creando en su caso las plazas necesarias a través de una Oferta Pública de Empleo. 

4. Un único tipo de personal para la administración, con una única vía de acceso a la misma, igual para todos, respetuosa de los principios de igualdad, mérito y capacidad. Cualquier otro tipo de personal necesario para tareas accesorias o instrumentales sería minoritario, seleccionado conforme a los mismos principios, y para puestos claramente diferenciados que no impliquen conocimiento o influencia de algún tipo en expedientes que afecten o puedan afectar a derechos o intereses de la ciudadanía. 

5. Apuesta clara y decidida por la profesionalización de los trabajadores de la función pública, a través de una formación continua orientada al conocimiento y manejo de los procedimientos. 

6. Creación de mecanismos eficaces de defensa de la imparcialidad del funcionario, tanto frente a las presiones externas a la administración, como a las provenientes del poder político.


viernes, 23 de mayo de 2014

A LOS DE FUERA


Nos debemos a los fuera, no a los de dentro.

Los funcionarios de la Junta de Andalucía tenemos un deber, de esos que se denominan “inexcusable” que consiste en denunciar ante la opinión pública lo que ocurre en la administración puertas adentro. Y ello por varias razones. En primer lugar porque nuestro contrato es con los de fuera, con los ciudadanos, no con los de dentro, con los que deciden qué hacer y cómo hacer en la administración. En segundo lugar, por mantener a flote nuestra dignidad de profesionales y en tercer lugar porque esta gente, los que deciden, está abusando de una administración que no les pertenece.

El PSOE ha conseguido desvirtuar la administración de tal manera que hoy en día hablar de Administración Pública exige ir introduciendo matices, devanando conceptos jurídicos, estableciendo diferencias, delimitando naturalezas, y desbrozando equívocos para terminar redundando en explicaciones algo confusas que no obstante remiten a una única evidencia: la reedición moderna del viejo "divide y vencerás", reconvertido en "confunde y vencerás". Administración General, Administración Instrumental, Entidades de Derecho Público, Entidades híbridas de Derecho Público pero con gestión unas veces pública y otras privada, Entidades privadas pero que actúan como si fueran públicas, la administración convertida en empresa o empresas convertidas en administración, etc.., puede ser que todo esto no sea nuevo, sin embargo lo que sí parece serlo es la importancia que ha adquirido en Andalucía toda esta "otra administración", paralela, tanto en lo que se refiere a su proliferación en los últimos años, como sobre todo, en la progresiva asunción de funciones y competencias, que han ido creciendo en la misma medida que disminuían las propias de la Administración General. Que otro tanto haya hecho el PP en otros lugares no quita un ápice de verdad al hecho, para decepción de los amantes del “y tu más”. Ahora ya, en Andalucía, no se puede hablar de una administración sino de varias, no se puede hablar de la administración sin que inmediatamente asome la patita la otra administración, entes por doquier, algo análogo a un ambiente biológico rico y variado, donde la vida se diversifica. Diversidad de entidades, de personal, de procedimientos, de formas de actuar...

Algún tonto desinformado dirá que ese concepto de una única administración pública ya está anticuado, que los tiempos cambian, sin darse cuenta que todo eso no es en absoluto nada nuevo, no es ninguna innovación sino todo lo contrario, una involución, porque significa reeditar la supremacía de la voluntad ( de determinadas personas, grupos, partidos) frente al Derecho (impersonal y por lo tanto referenciado a la voluntad de todos y no a la de una parte de la sociedad). El diseño constitucional es mas moderno que el actual diseño clientelar de la administración paralela. Esto hay que decirlo para que se enteren los que asimilan administración con burocracia y ésta con antiguo, obsoleto, superado, etc...Lo que es antiguo es precisamente la falta de controles en la administración. Lo antiguo es crearse una administración a imagen y semejanza de mis intereses partidistas, cuando no, meramente personales y/o familiares; eso se venía haciendo mucho antes de nuestra vigente Constitución. Al siglo XIX se remonta la conocida figura del cesante, ejemplar exponente de una administración no regida por el Derecho sino por el interés del que gobierna. Antiguo es el que un político que ocupa un cargo público se las ingenie para eludir las normas con la finalidad de favorecer a amiguetes, familiares, al partido o a sí mismo. ¿O es que eso no es antiguo?. A ese plan B al que siempre han parecido aspirar las organizaciones políticas que se han encontrado frente a frente con el ejercicio del poder ahora le llaman "Agencias"; tal vez el nombre sea "moderno" pero lo que significan, su auténtica razón de ser, su finalidad y propósito, son muy, pero que muy antiguos.

Al lado de toda esta manera vetusta de actuar, el diseño constitucional de la administración es limpio, joven y terso como la piel de un bebé. Es más, apenas nació cuando ya se empezó a desvirtuar. En realidad, apenas a dado sus primeros pasos estorbado por políticos de uno y otro signo.

Nos debemos a los de fuera no a los de dentro.

Hoy día, en la administración pública de la Junta de Andalucía lo que estamos viviendo es el pasado. Antes me he referido al siglo XIX pero podríamos remontarnos mucho mas atrás, hasta hace más de 2000 años, cuando Platón en "La República" nos señala el peligro de la democracia como forma de gobierno cuando se desvirtúa a si misma: la corrupción. Todo este diseño, aparentemente moderno de la gestión de los asuntos públicos, no hace más que incidir en algo tan antiguo como lo pronosticado por Platón. Es el pasado.

El futuro, en cambio, está en construir una administración regida por la objetividad y la responsabilidad en el empleo de los recursos públicos.

El problema que tenemos los funcionarios es que estamos situados entre una ciudadanía, ajena por desinformación a todo este planteamiento y una clase política ajena por interés propio al mismo, por lo que nadie salvo nosotros puede trabajar por ese fututo.

¿Seremos capaces de hacerlo? Lo dudo. No obstante continúo con mi cantinela:

Nos debemos a los de fuera, no a los de dentro.

Tal vez si esta frasesita la tuviéramos grabada los funcionarios en la frente...a los de fuera. No a los de dentro.

Mas que nada por una cuestión de justicia distributiva o compensatoria:ya existen actualmente en la Junta de Andalucía demasiados trabajadores que SÍ SE DEBEN A LOS DE DENTRO.