LA
LIBRE DESIGNACIÓN
El
otro día un compañero, en el trabajo, me decía que los puestos de
libre designación en la Junta de Andalucía lo son porque es la
manera más adecuada de asegurar que la persona que los ocupa es la
que mejor se ajusta al puesto en cuestión. Cuando yo le objeté que
eso no era así, me preguntó por el sentido de la palabra
“confianza” unida a la caracterización de dichos puestos
(“puestos de confianza”). Según su razonamiento, la “confianza”
de quien tiene la facultad de designar al titular de un puesto, en la
idoneidad de la persona elegida para su desempeño, es un criterio
más adecuado como forma de provisión de ese puesto que el de la
sujeción a un sistema de baremación de solicitudes en un concurso
de méritos.
La
cuestión me hizo reflexionar. ¿Porqué hay tantos puestos de libre
designación en la Junta? ¿Porque, simplemente, hay puestos de libre
designación?. ¿Cuál es el sentido de que existan puestos de libre
designación?. ¿Es, como dice mi compañero, porque de otro modo no
podrían ser cubiertos adecuadamente, con el personal más idóneo?.
Me
puso como ejemplo el de un puesto cuyo sistema de provisión era el
concurso, y sin embargo parecía que el perfil de la persona que lo
desempeñaba no se ajustaba demasiado al de dicho puesto. Tuve que
conceder que esto también pasa en nuestra administración. Sin
embargo, se trata simplemente, en este caso, de la insuficiencia de
un sistema de baremación claramente mejorable, que no hace, por si
mismo, prevalecer al sistema de libre designación (a dedo) ni en
cuanto a garantizar la idoneidad del elegido para el puesto ni, menos
aún, a garantizar la igualdad constitucional de acceso a los cargos
públicos.
En
octubre de 2010 la pacífica y conformista gente de la función
pública se amotinó en Torretriana, ante el descarado acuerdo que en
su interior se fraguó entre la Consejería de Hacienda y
Administración Pública y los sindicatos UGT y CCOO. Acuerdo que dio
pié a dos decretos-leyes y posteriormente a la aprobación de la ley
que consagraba, con un descaro sin precedentes, la práctica del
enchufismo en la Junta de Andalucía. Meter por la cara, o por el
dedo, no a uno ni a dos ni a tres, sino a veintitantos mil
trabajadores de las fundaciones y empresas del sector público de
Andalucía en las Agencias, creadas para la ocasión, integrantes de
la administración instrumental de la Junta, con la consideración de
empleados públicos a los que hasta entonces eran empleados privados.
En
aquellos momentos las cosas estaban bastante revueltas entre el
funcionariado. De una parte estaban los máximos dirigentes: Consejo
de Gobierno, Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales. De
otra parte los funcionarios. La Tropa. Pero en medio, entre los
dirigentes y la tropa ¿quienes estaban?. Evidentemente los mandos
intermedios. Jefes de Servicio fundamentalmente. Funcionarios ellos
también, pero, mira por dónde, de libre designación.
El
papel de éstos últimos en aquellos días no era fácil. Seguramente
fue el más díficil. Muchos de ellos sin duda estarían anímicamente
con “nosotros”. Con los que entonces nos rebelamos. De algunos de
ellos nos constaba que era así. Hubo incluso quien manifestó su
disconformidad con la política que se estaba imponiendo desde arriba
y terminó dimitiendo. Pero, claro, no fue el caso de la mayoría. Es
difícil cuando uno se acostumbra a un determinado sueldo,
beneficios, estatus, etc, renunciar de repente a ellos.
¿Qué
hubiera pasado si la mayoría de los Jefes de Servicio se hubieran
puesto, activa y abiertamente, de parte de la tropa?. Posiblemente
nada distinto a lo que ocurrió. O tal vez... Esto, que parece
impensable, quizás no lo fuera tanto si a esos puestos se accediera
por concurso de méritos. Si deja de existir la posibilidad de que te
remuevan del puesto...
Por
eso, ante esta medida-condición relativa a los puestos de libre
designación que figura entre las setenta que han servido para que
Ciudadanos apoyara la investidura de la representante más demagoga y
populista que ha tenido el PSOE de Andalucía, la primera
consideración que salta a la vista es que tal vez alguna que otra de
esas medidas lleguen en algún momento a cumplirse o medio-cumplirse,
pero desde luego entre éstas no estará la de prescindir del sistema
de libre designación para la elección del personal de niveles
inferiores a 30 (subdirectores generales).
El
PSOE de Andalucía nunca va a cumplir con ese requisito, porque nunca
se va a segar la hierba bajo sus pies. Los puestos de libre
designación, y por tanto de libre remoción, se quiera o no, más
tarde o más temprano, de una u otra manera, crean dependencia. Te
concedo el favor de adjudicarte este puesto, con un sueldo por encima
del de la mayoría, porque confío en ti. Después de esto quién va
a morder la mano que te da de comer por un contrato con una
licitación algo irregular, quién va a defraudar la confianza
recibida por la concesión de una subvención faltando algún que
otro requisito, por muy imprescindible que sea, quién va a poner en
evidencia a su bienhechor negándose a modificar algún informe,
quién va a contrariar a ese superior que te ha designado
insistiéndole en que se controle más y mejor la actuación de esa
Agencia adscrita, etc...
Una
dependencia que tiende a nublar o desanimar el sentido crítico del
más pintado. Ese es el resultado de una política de fomento de ese
sistema digital de selección de personal dentro de la administración
general. No hablemos de la otra administración, en la que es el
único sistema.
Transigir
con esa medida “impuesta” ( hay que reirse un poco de esta
imposición de C,s), sería para el PSOE renunciar en buena medida a
tener el control que siempre ha tenido sobre la administración y
sobre ese funcionariado cada vez más desprofesionalizado, desubicado
y resignado.
Los
puestos de libre designación son la
muleta del Gobierno en la administración. Dudo mucho que se
prescinda de apoyo tan necesario.
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